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Aprobada Ley de Servicio Social Integral PDF Imprimir E-Mail
Por Klaus Meyer   
Friday, 15 de December de 2006
La Asamblea Nacional aprobó este jueves la Ley de Servicio Social Integral, promovida por la Comisión de Participación Ciudadana y que estipula que los venezolanos, entre 18 y 60 años, deberán dedicar 120 horas de trabajo social

La ley estipula, en su artículo 29, que aquellos prestadores que se nieguen, sin razón alguna, a la prestación del servicio social integral en los momentos en que les corresponda "serán amonestados". Adicionalmente, el infractor tendrá que asistir obligatoriamente a unas "jornadas pedagógicas", a fin de "crear una conciencia solidaria y participativa".

En el caso de los empleados públicos y privados que se nieguen a contribuir con la labor de Conasesi, se advierte que "serán sancionados con una multa que consiste en el financiamiento de trabajos de servicio comunitario, equivalente a un monto de 50 unidades tributarias".

Entre las actividades a ejecutar por los ciudadanos destacan "habilitar mecanismos directos tendentes a prestar ayuda al más necesitado, incluso, en una etapa coyuntural", y colaborar en "el mejoramiento y mantenimiento de instituciones educativas, centros asistenciales y laborales, plazas, parques y jardines". Asimismo, apoyo a las "misiones sociales" del Estado.

Sólamente, según el texto, quedarán exceptuados de este mandato legal los venezolanos en cumplimiento del servicio militar; estudiantes de educación superior que se encuentren en cumplimiento del servicio social comunitario, los que se encuentren en reposo médico o en el disfrute de sus vacaciones".

Antes de bajar el telón de este 2006, la Asamblea Nacional sancionó ayer la Ley del Servicio Social Integral.

De acuerdo con el artículo 5 del texto promovido por la Comisión de Participación Ciudadana, es de cumplimiento para todos los venezolanos en edades comprendidas entre los 18 y 60 años (...) Quedan exceptuados de este mandato legal los venezolanos en cumplimiento del servicio militar; estudiantes de educación superior que se encuentren en cumplimiento del servicio social comunitario (...) los que se encuentren en reposo médico y/o en el disfrute de sus vacaciones (...).

En el apartado referido al "Apoyo a las misiones sociales", se indica que la Comisión Nacional del Servicio Social Integral (Conasesi), adscrita al Ministerio de Participación y Desarrollo Social, "velará porque el servicio social integral esté orientado a contribuir en favor de la garantía de los derechos fundamentales de la población, con énfasis en los sectores más excluidos".

Entre las actividades a ejecutar por los ciudadanos destacan habilitar mecanismos directos tendentes a prestar ayuda al más necesitado, incluso, en una etapa coyuntural, y colaborar en "el mejoramiento y mantenimiento de instituciones educativas, centros asistenciales y laborales, plazas, parques y jardines".

El capítulo III del instrumento legal, que versa sobre la Organización y funcionamiento del préstamo del servicio, expone que el tiempo de labor de una jornada de servicio social integral por parte de cada venezonalo (...) será de 120 horas, dentro o fuera del horario laboral académico. Cuando el prestador del servicio lo requiera, éste podrá efectuarlo en un lapso menor, siempre y cuando lo cumpla en las horas estipuladas.

Allí también se subraya que es deber de todas las organizaciones en sus diversas modalidades (...) registrar por ante la Comisión Nacional del Servicio Social Integral de cada estado o municipio, según su asiento territorial, a todas las individualidades que las conforman.

Fuente: Cadena Global

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Modificado el ( Friday, 15 de December de 2006 )
 
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