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Nacionales
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Escrito por Klaus Meyer
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Martes 18 de Julio de 2006 14:18 |
Mediante una sesión de consulta especializada con participación de representantes de los consejos municipales de Derechos de Niños, Niñas Y Adolescentes del estado Miranda, finaliza la agenda de consultas de este proyecto de ley, aprobado por la plenaria de la AN el 16 de mayo de 2006 en primera discusión.
Mediante una sesión de consulta especializada con participación de representantes de los consejos municipales de Derechos de Niños, Niñas Y Adolescentes del estado Miranda, finaliza la agenda de consultas de este proyecto de ley, aprobado por la plenaria de la AN el 16 de mayo de 2006 en primera discusión.
El evento, realizado en la Casa de la Cultura de Los Teques, fue conducido por la diputada Diluvina Cabello (PC /Bolívar) y en el mismo participaron Daniel Blundo y Gustavo Guevara, consultor jurídico y presidente del Consejo de Derechos del estado Miranda.
Los funcionarios de los consejos estadales y municipales de Derechos entregaron un informe con las observaciones sobre el texto normativo e hicieron algunas intervenciones, las cuales serán estudiadas por la comisión parlamentaria.
Entre las inquietudes manifestadas en este foro se tocó el tema de la autoridad encargada de supervisar el cumplimiento del artículo 8 de la ley, que obliga a la publicación de un cartel público en cada cibercafé y sala de juego e internet. No obstante, la diputada Diluvina Cabello recordó a los asistentes que la AN seguirá recibiendo observaciones al proyecto y en la página web del Parlamento tendrá el texto en su portal con una casilla para comentarios del público.
También los correos de los diputados de la Comisión de Familia, Mujer y Juventud estarán disponibles para recibir propuestas.
La Ley de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes Este texto legal, que tuvo el es una iniciativa de esta comisión que ha tenido el consenso de la comunidad nacional y es un proyecto relativamente corto que consta de 12 artículos, tres capítulos y dos disposiciones finales.
En el mismo, se norman los requisitos, condiciones y sanciones que regirán a todos los establecimientos dedicados a juegos electrónicos y/o otros dotados de acceso a Internet.
El espíritu de esta ley es el de garantizar efectivamente la protección integral de la niñez y la adolescencia, fundamentada en el artículo 78 de la Constitución y en la Convención internacional sobre Derechos del Niño, suscrito por la República Bolivariana de Venezuela.
Los cinco principios que inspiran el texto normativo son: la condición de sujetos de Derecho que poseen los niños, niñas y adolescentes; el papel fundamental de la familia en su crianza; la corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad en su formación; el interés superior del niño; y su prioridad absoluta en la sociedad venezolana.
El artículo más controversial ha sido el artículo 4, que establecía la prohibición del ingreso de menores con vestimenta escolar, salvo que se hallen en compañía de familiares o responsables mayores de 18 años. Producto de las consultas públicas fue suprimido por la Comisión de Familia.
El texto normativo prohíbe expresamente el acceso de menores a información pornográfica o clasificada como inadecuada para su desarrollo por el Consejo Nacional de Derechos, y obliga a los locales referidos a colocar software de seguridad en las máquinas y computadoras destinadas a tales fines. También deberán colocar carteles públicos con dicha advertencia.
Las infracciones, leves y graves, a estas normas (artículos 10 y 11) serán sancionadas con multas desde 1 a 100 unidades tributarias, y podrán acarrear el cierre del local hasta por 5 días hábiles; en cuyo caso “el empleador o empleadora deberá pagar a los trabajadores y trabajadoras todas las remuneraciones y beneficios sociales que les correspondiesen como si hubieran laborado efectivamente dichas jornadas”.
La diputada Gabriela Ramírez Pérez (Clase Media en Positivo/Miranda) ha reiterado a la opinión pública y a los medios de comunicación social que el proyecto de Ley de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Salas de Internet, Video Juegos y otros Multimedia, que la reacción de la gente ha sido de amplia aceptación y la personas opinan que este propuesta legal está llenando un vacío,
En cuanto a la posibilidad de que las reglamentaciones fijadas en este proyecto encuentren un burladero, la parlamentaria apuntó que ya se ha pensado en eso y la propuesta es resolverlo con el tema de los contenidos.
Dos aspectos del proyecto legislativo son respaldados mayoritariamente: la creación espacios separados para adultos y menores, y la de la instalación de software especial que impida el acceso a páginas pornográficas y juegos perversos;
Igualmente hay en que Internet es un derecho a la información que debe garantizarse y que por lo tanto las prohibiciones deben ser puntuales. Igualmente, existe consenso sobre la idea de que el acceso a información adecuada es un proceso de corresponsabilidad entre la familia, el individuo y el Estado y debe ir precedido de la formación de valores cívicos y morales por parte de la familia y la escuela.
De acuerdo a la exposición de motivos, los cinco principios que inspiran esta ley son: la condición de sujetos de Derecho que poseen los niños, niñas y adolescentes; el papel fundamental de la familia en su crianza; la corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad en su formación; el interés superior del niño; y su prioridad absoluta en la sociedad venezolana.
Para finalizar, la diputada Diluvina Cabello expresó que la Comisión de Familia aspira a que en quince días el proyecto entre a plenaria para su segunda discusión artículo por artículo.
El espíritu de esta ley es proteger a nuestros niños y garantizarles mejor información sobre la historia de mundo y de nuestro país sobre, la ciencia una entretenimiento de mayor calidad.
Fuente: Asamblea Nacional
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Última actualización el Martes 18 de Julio de 2006 14:25 |